[UNSL] Actividades reservadas: ¿Qué son? y los interrogantes más comunes

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Jue Mayo 24 17:07:44 ART 2018


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Universidad Nacional de San Luis
24 de mayo de 2018

Actividades reservadas: ¿Qué son? y los interrogantes más comunes

Las Instituciones Universitarias de acuerdo a la Constitución Nacional y la
Ley de Educación Superior otorgan títulos de grados académicos y títulos
habilitantes. Tanto los conocimientos como las capacidades para las que
tienen competencia sus poseedores, las definen las instituciones
universitarias. Los títulos certifican la formación académica y la
habilitación para el ejercicio profesional.

Las Leyes del ejercicio profesional, nacionales o provinciales, son quienes
regulan y ejercen el poder de policía sobre las profesiones, que pueden
delegar en los Colegios Profesionales. Dichas Leyes no definen la
habilitación profesional sino que establecen las condiciones de su
desarrollo. Se controla así que, quienes pretendan acceder al ejercicio
profesional, cuenten con el título universitario habilitante y,
posteriormente, durante el ejercicio de la profesión, que se realice según
las reglas propias de la misma.

¿Hay distintos tipos de títulos dentro de las carreras de grado?

Hay una diferenciación hacia el interior del sistema universitario que fija
la Ley de Educación Superior respecto de los títulos que puedan comprometer
el interés público en tanto algunas de las actividades a las que habilitan
generen riesgo de modo directo a la salud, la seguridad, los derechos, los
bienes o la formación de los habitantes, de aquellos que no.

¿Qué requisitos tienen las titulaciones universitarias?

Las carreras que no incluyen actividades de riesgo sólo deben respetar la
carga horaria mínima fijada por la normativa vigente. Las carreras que
incluyen actividades de riesgo además de la carga horaria mínima, deben
cumplir los contenidos mínimos, la intensidad de la formación práctica, las
condiciones en que debe realizarse la formación y las actividades
reservadas.

¿Existe alguna diferencia entre los alcances de los títulos de las carreras
incluidas en el artículo 43 y las regidas por el artículo 42 de la LES?

Las carreras del artículo 43 tienen como parte de las actividades para las
que están habilitadas (sus alcances) un subconjunto de “actividades
reservadas”: aquellas ligadas con intervenciones del profesional que puedan
implicar un riesgo directo.

¿Qué diferencia hay entre alcances y actividades reservadas?

Los Alcances designan el conjunto de actividades, socialmente establecidas,
para las que habilita la posesión de un título específico (de acuerdo con
las competencias desarrolladas). Pueden ser propios de una titulación o,
algunos de ellos, compartidos con otras en función de los procesos de
diversificación profesional y de confluencia en ciertas actividades. La
definición de alcances de un título es atribución de la universidad que lo
otorga.

Las Actividades Reservadas forman un subconjunto limitado dentro del total
de alcances de un título; se refieren a aquellas intervenciones
profesionales que pueden comprometer un bien público, implican riesgo o
pueden afectar de manera directa a las personas. No indican todo lo que un
profesional está habilitado a realizar. Solo aquello que, por su riego
potencial, amerita tutela pública. Son aprobadas por el Ministerio de
Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades.

¿Qué implica el carácter de reservado de una actividad dentro de los
alcances de una titulación?

Actividad Reservada significa que esa actividad solo puede ser realizada por
los que posean esa titulación. Esto no quiere decir “exclusividad” por parte
de un solo título (Acuerdo 123 CU). Las actividades reservadas pueden ser
compartidas por varios títulos que, en razón de su formación y de su campo
de acción profesional, realicen un mismo tipo de intervención. La condición
para ello es que todas esas titulaciones estén incorporadas al artículo 43,
cumplan con los estándares y se sometan a los procesos de evaluación y
acreditación establecidos por él. Pero una actividad reservada para un
título del 43 no puede figurar en los alcances de un título sólo regido por
el artículo 42 incluido o en el sector “no reservado” de uno incluido además
en el artículo 43.

¿Qué define que una actividad sea de riesgo, y por ello reservada?

El riesgo ha de ser considerado como efecto emergente de la actuación
profesional, prescriptiva, que involucra una actuación directa o mediada,
pero bajo la responsabilidad del profesional, en todo o en parte de las
acciones.

¿Las actividades reservadas -porque comprometen el interés público y son
consideradas de riesgo- involucran a toda la habilitación profesional?

No. La habilitación profesional de dichas carreras incluye actividades de
riesgo directo y actividades que no lo son. La habilitación profesional de
dichas carreras es el conjunto de tareas que puede realizar el poseedor de
dicho título, un subconjunto al interior de ellas involucraría actividades
reservadas por el riesgo directo y un segundo subconjunto lo forma el resto
de las actividades para cuya realización habilita el título.

¿Quién puede fijar o modificar los alcances de un título o las actividades
reservadas?

Si se trata de una carrera que sólo es regida por el artículo 42 de la LES
los alcances son fijados por la Universidad que dicta la carrera y emite el
título y forman parte de la resolución de validez nacional que debe dictar
el Ministerio de Educación.

Si se trata de una carrera regida además por el artículo 43 también los
alcances los fija cada universidad, pero el subconjunto de actividades
reservadas, que forman parte de esos alcances, es definido mediante
resolución por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de
Universidades (CU) compuesto por el CIN (Universidades Nacionales) y el CRUP
(Universidades Privadas). Por lo tanto, las actividades reservadas de un
título incluido en el artículo 43 son las mismas para todas las
universidades que otorguen ese título, no así el resto de los alcances de
esas carreras que pueden variar según las decisiones de cada universidad.

¿Modificar las actuales actividades reservadas a un título incorporado al
artículo 43 puede afectar lo que el profesional está habilitado para
realizar?

No. Revisar las actividades reservadas no tiene por qué afectar la
habilitación profesional si esa actividad o actividades son mantenidas
dentro de los alcances del título. Recordemos que los alcances de un título
son competencia de la Universidad que lo emite (no así el carácter reservado
de alguna actividad que es potestad, según la LES, del Ministerio de
Educación en acuerdo con el CU).


Fuente


Este documento fue producido oportunamente por el CIN, como un instructivo
acerca de los alcances y actividades reservadas.

Universidad Nacional de San Luis
Subsecretaría de Acreditación e Información Institucional
 <http://acreditacion.unsl.edu.ar/#/> http://acreditacion.unsl.edu.ar/#/
Ver Novedades y  <http://acreditacion.unsl.edu.ar/#/normativas> Actividades
Reservadas y Estándares


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<http://www.noticias.unsl.edu.ar/24/05/2018/declaracion-cin-sobre-actividade
s-reservadas/> Declaración del CIN sobre Actividades Reservadas

 

Prensa UNSL
Link:
http://www.noticias.unsl.edu.ar/24/05/2018/actividades-reservadas-que-son-y-
los-interrogantes-mas-comunes/ 

 

 



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