Consorcio

Mutual de Vivienda U.S.L mutualdevivienda en yahoo.com.ar
Mar Jul 31 11:26:10 ART 2012


  
Estimados socios: 
                            Tal como se resolvió en la última Asamblea de Consorcio (26/7) se invita a participar a aquellos socios que se encuentren interesados en la elaboración del primer presupuesto del consorcio para el año venidero, en el que se calculará el monto destinado al pago de expensas mensuales, para ser presentado a la próxima Asamblea de Consorcio el jueves 16 de Agosto. La reunión en la que se abordará dicho asunto será el díajueves 2 de agosto a las 20 hs. en la sede de la Mutual.
 
                           Asimismo, como también se estableció en la última Asamblea, se convoca a quien se encuentre interesado a postularse como Administrador del Barrio a presentar su Currículum Vitae en la misma sede de la Mutual, para ser convocado a una entrevista con el Consejo de Administración.
 
                        Para aquellos interesados en presentarse, se transcriben -a modo de orientación- algunas de las funciones del Administrador de Consorcio establecidas en el Reglamento del Consorcio “Barrio Universitario” 
1°) Ejecutar las resoluciones del Consorcio e interpretar y hacer cumplir el reglamento interno y de edificación que en su momento se dicten. 
2°) Pagar con los fondos del Consorcio, las cuentas y/o facturas de gastos de carácter común que se originen a raíz del uso que los ocupantes hagan del inmueble y sus servicios, así como los necesarios a fin de mantener en buen estado las condiciones de seguridad, comodidad y decoro de la propiedad. 
3°) Recaudar las cuotas fijadas por la Asamblea como contribución de los propietarios al pago de las cargas comunes (expensas). 
4°) Ordenar y pagar cualquier reparación o arreglo necesario en las partes comunes y de servicio hasta el límite que fije la Asamblea, 
5°) Llevar un libro de Administración y otro de Actas, ambos rubricados por la oficina pertinente, donde quedarán consignadas las sumas abonadas para sufragar los gastos de la propiedad y las Actas y resoluciones de las Asambleas de Copropietarios respectivamente. 
7°) Poner a disposición de los consorcistas el Balance, Inventario y Rendición de Cuentas del ejercicio vencido, así como también un presupuesto de gastos y cálculo de recursos para el ejercicio venidero. 
8°) Certificar las deudas por expensas comunes 
11°) Representar al consorcio directamente o por apoderado, ante las autoridades públicas, ya sean ellas administrativas, fiscales, policiales, nacionales, provinciales o municipales y/o judiciales, en cualquier gestión o asunto que haga a los intereses del Consorcio de Propietarios.
13°) Proponer la designación y despido del encargado, suplente y demás personal contratado cuando lo considere necesario. 
14°) Vigilar el estricto cumplimiento por parte de dicho personal, de las órdenes que se impartan
15°) Atender las quejas de los propietarios, por el deficiente comportamiento del citado personal
16°) Efectuar las citaciones para las Asambleas, sean ellas ordinarias o extraordinarias, valiéndose al efecto del medio que considere idóneo. 
17°) Resolver, siendo ello posible, toda divergencia entre los propietarios u ocupantes de las unidades. 
18°) Inspeccionar la propiedad e inclusive las unidades, toda vez que ello sea necesario para la ejecución de trabajos que beneficien a la comunidad. 
19) Para cualquier acto que implique sanción de algún propietario, necesitará siempre la aprobación previa del Consejo de Administración para su validez.
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