CARTA ABIERTA VOTO NO DOCENTE

Menendez Silvia Ana smenende en unsl.edu.ar
Lun Mayo 21 04:25:00 ART 2007


                                                      CARTA ABIERTA



                                                                           SAN 
LUIS, 18 de Mayo de 2007





Esta es la única verdad sobre el voto de los No Docentes de la Universidad 
Nacional de San Luis



     Se pretende confundir a la  comunidad universitaria y a la comunidad 
en general responsabilizando al Consejo Superior de la decisión de no 
incluir a los docentes de la Escuela Normal JPP en la elección de Rector y 
Vicerrector de la Universidad y además de generar el antecedente de 
incluir  a los No docentes en la Ordenanza que reglamenta el regimen electoral.

         Por ello en mi carácter de Consejera No Docente al Consejo 
Superior de la Universidad es mi obligación de aclarar y/o explicar como 
los No docentes estamos incluido en el Estatuto Universitario que nos 
habilita para votar a Decano, Vicedecano, Rector y Vicerector.

         Los conceptos vertidos en la Carta Abierta de los Docentes de la 
Escuela Normal JPP del 11-05-07 puede observarse desconocimiento o 
ignorancia respecto de los procesos  de elección consagrados en 
instrumentos legales como el Estatuto  Universitario y el Régimen Electoral 
de la Universidad Ord,CS 08/01.

        Paso a informarles que:

Con el Estatuto del año 1985 los No docentes tuvimos representación en los 
cuerpos colegiados con voz pero sin voto. Con el Estatuto  del año 1987 los 
No docentes tuvimos representación en los cuerpos colegiados con voz y  con 
voto.

        Ello fue el producto de las gestiones realizadas para tener este 
derecho en un marco legal y de racionalidad .De esta manera logramos la 
participación de los No docentes en el Gobierno de las Facultades y  en la 
Asamblea Universitaria, la que se integra con los representantes de los 
Consejos Directivos de las cuatro Unidades Académicas (Facultades).

        Ello implicaba la posibilidad de participación a los No docentes de 
las Facultades en la elección de Decanos, Vicedecano,  Rector y Vicerrector 
en forma indirecta, quedando excluidos de la elección los No docentes de 
las demás dependencias que no integraban los Consejos Directivos. Por ello 
el Sector No docente continuó su lucha para lograr que este derecho se 
hiciera extensivo a todos los integrantes del padrón de No docente. El 
17-08-2000 la Asamblea Universitaria ante la presentación de una Nota por 
parte de los No docentes en la cual se denuncia &..la preocupación en el 
hecho de que los trabajadores No docente del Rectorado no pueden votar para 
elegir Rector y Vicerrector..  se solicitó se redacte el Articulo 
correspondiente de una manera tal que la totalidad de los trabajadores 
tengan la posibilidad de elegir  Rector y Vicerrector de nuestra 
Universidad teniendo en cuenta que el 50% de los trabajadores pertenecen a 
Rectorado...  Hay moción de orden para que  la Asamblea otorgue un RESPALDO 
EXPLICITO al pedido por parte del Sector No docente , dicha moción es 
completada por el Sr. Rector : &..solicitando a la Asamblea vote si se dá 
acuerdo con el hecho de que el personal de Rectorado esté incluido dentro 
de las votaciones como CLAUSTRO... Sesenta y tres (63) votos por la 
afirmativa , y quedo definido (según textual del acta ) de que el Consejo 
Superior en la reglamentación tendrá en cuenta esta decisión de la 
Asamblea. Se vota y se aprueba que el Consejo Superior va a reglamentar lo 
que la Asamblea ha aprobado. Es por ello que el Consejo Superior mediante 
Ord. 08/01 reglamentó en sus aspectos operativos las modificaciones 
introducidas en el Estatuto Universitario, En este Reglamento Electoral de 
la Universidad en los Articulos 53º y 54º  TITULO V NO DOCENTES  Capitulo 
I   -Del Padrón-

Art. 53·) Constituirán el padrón electoral del CLAUSTRO no docente para la 
elección de Rector y Vicerrector, Consejeros Superiores, Decanos y 
Vicedecanos, Consejeros Directivos: El personal no docente de planta 
permanente y el personal de planta no permanente que tenga al menos dos (2) 
años de antigüedad

Art. 54) Serán electores para Rector y Vicerrector el personal habilitado 
según el articulo anterior de cada Facultad y el personal del Rectorado por 
separado. Serán electores para elegir representantes no docentes ante el 
Consejo Superior, el personal habilitado según el articulo 53º de toda la 
Universidad. Para la elección de Decano y Vicedecano y representante no 
docente en los Consejos Directivos, el habilitado según el articulo 53ª,de 
cada Facultad. De esta manera se concreta una importantísima conquista, el 
derecho de elegir en forma directa a Rector y Vicerrector y participando 
desde el primero hasta el último No docente sin discriminaciones entre los 
distintos Agrupamientos. Con orgullo afirmamos que nunca nos permitimos 
caer en ideologías tan perimidas como denostar a nuestros compañeros según 
la función que 
cumplen. 
Todas y cada una de las conquistas de los No docentes ya sea por el 
salario, el Convenio Colectivo de Trabajo, la representación en el Gobierno 
de la Universidad ya sea en el Consejo Superior o en los Consejos 
Directivos con voz y voto, han sido siempre logradas en luchas limpias, 
claras, con planteos organizados y sistemáticos y no apoyándonos en 
análisis mezquinos, comparativos, discriminatorios como lo hacen 
sistemáticamente otros gremios. Cuando los planteos son genuinos , NO se 
deben realizar por  caminos de luchas personalizadas siempre en contra 
otros  o denostando a determinados  sectores de una misma comunidad por los 
logros alcanzados.

        Todos los trabajos que realizan  los trabajadores de esta CASA son 
indispensable y  sumamente importantes, tanto  el personal que limpia, como 
los administrativos, o los de talleres o mantenimiento, o los que dictan 
clase o investigan, los que reciben educación  o son autoridades. Lo 
lamentable de toda esta lucha de un sector por obtener la ciudadanía 
plenaes que trasciende a la comunidad y construye a fortalecer los aspectos 
de destrucción de NUESTRA UNIVERSIDAD , que en estos mementos es necesario 
fortalecer y proteger , si tenemos en cuenta las intenciones de quitarnos 
espacios logrados con sacrificio y lucha como la pretensión de la escisión 
de la FICES de la Universidad- y además tenemos que escuchar con tristeza 
algunos periodistas radiales que con asombro opinen  : ¿Como es posible que 
vote un No docente y no le permitan votar a un docente? y mucho más grave 
es que este comentario provenga de algunos docentes de la Escuela Normal en 
una actitud de desconocimiento del respeto que merece el Personal No 
docente de esta CASA.

   Los No docentes tuvimos que luchar durante muchos años para poder lograr 
la representación en el Gobierno de la Universidad, no fue fácil pero 
siempre con tenacidad y no dejando de recordar la frase: todo proceso es 
hijo del tiempo. Además creo que es una realidad  innegable la necesidad 
del cambio, de la participación y de la lucha por nuestro ideal de 
UNIVERSIDAD, pero siempre dentro del respeto, la tolerancia, la 
racionalidad y no perjudicando a los demás ni despreciando a los más 
indefensos vale decir, los alumnos, nuestros hijos.

      De allí que opinara al comienzo de esta CARTA ABIERTA sobre la 
ignorancia de quienes escribieron  la Carta Abierta de Docentes de la 
Escuela Normal JPP de fecha 11 de Mayo de 2007. Quedo a disposición de 
quien lo requiera a demostrar  mis dichos con toda la documentación necesaria.





                                                                                                                 Silvia 
Ana MENENDEZ

                                                                                                                      NO 
DOCENTE

                                                                                                              Miembro 
del Consejo Superior



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