CARTA ABIERTA VOTO NO DOCENTE
Menendez Silvia Ana
smenende en unsl.edu.ar
Lun Mayo 21 04:25:00 ART 2007
CARTA ABIERTA
SAN
LUIS, 18 de Mayo de 2007
Esta es la única verdad sobre el voto de los No Docentes de la Universidad
Nacional de San Luis
Se pretende confundir a la comunidad universitaria y a la comunidad
en general responsabilizando al Consejo Superior de la decisión de no
incluir a los docentes de la Escuela Normal JPP en la elección de Rector y
Vicerrector de la Universidad y además de generar el antecedente de
incluir a los No docentes en la Ordenanza que reglamenta el regimen electoral.
Por ello en mi carácter de Consejera No Docente al Consejo
Superior de la Universidad es mi obligación de aclarar y/o explicar como
los No docentes estamos incluido en el Estatuto Universitario que nos
habilita para votar a Decano, Vicedecano, Rector y Vicerector.
Los conceptos vertidos en la Carta Abierta de los Docentes de la
Escuela Normal JPP del 11-05-07 puede observarse desconocimiento o
ignorancia respecto de los procesos de elección consagrados en
instrumentos legales como el Estatuto Universitario y el Régimen Electoral
de la Universidad Ord,CS 08/01.
Paso a informarles que:
Con el Estatuto del año 1985 los No docentes tuvimos representación en los
cuerpos colegiados con voz pero sin voto. Con el Estatuto del año 1987 los
No docentes tuvimos representación en los cuerpos colegiados con voz y con
voto.
Ello fue el producto de las gestiones realizadas para tener este
derecho en un marco legal y de racionalidad .De esta manera logramos la
participación de los No docentes en el Gobierno de las Facultades y en la
Asamblea Universitaria, la que se integra con los representantes de los
Consejos Directivos de las cuatro Unidades Académicas (Facultades).
Ello implicaba la posibilidad de participación a los No docentes de
las Facultades en la elección de Decanos, Vicedecano, Rector y Vicerrector
en forma indirecta, quedando excluidos de la elección los No docentes de
las demás dependencias que no integraban los Consejos Directivos. Por ello
el Sector No docente continuó su lucha para lograr que este derecho se
hiciera extensivo a todos los integrantes del padrón de No docente. El
17-08-2000 la Asamblea Universitaria ante la presentación de una Nota por
parte de los No docentes en la cual se denuncia &..la preocupación en el
hecho de que los trabajadores No docente del Rectorado no pueden votar para
elegir Rector y Vicerrector.. se solicitó se redacte el Articulo
correspondiente de una manera tal que la totalidad de los trabajadores
tengan la posibilidad de elegir Rector y Vicerrector de nuestra
Universidad teniendo en cuenta que el 50% de los trabajadores pertenecen a
Rectorado... Hay moción de orden para que la Asamblea otorgue un RESPALDO
EXPLICITO al pedido por parte del Sector No docente , dicha moción es
completada por el Sr. Rector : &..solicitando a la Asamblea vote si se dá
acuerdo con el hecho de que el personal de Rectorado esté incluido dentro
de las votaciones como CLAUSTRO... Sesenta y tres (63) votos por la
afirmativa , y quedo definido (según textual del acta ) de que el Consejo
Superior en la reglamentación tendrá en cuenta esta decisión de la
Asamblea. Se vota y se aprueba que el Consejo Superior va a reglamentar lo
que la Asamblea ha aprobado. Es por ello que el Consejo Superior mediante
Ord. 08/01 reglamentó en sus aspectos operativos las modificaciones
introducidas en el Estatuto Universitario, En este Reglamento Electoral de
la Universidad en los Articulos 53º y 54º TITULO V NO DOCENTES Capitulo
I -Del Padrón-
Art. 53·) Constituirán el padrón electoral del CLAUSTRO no docente para la
elección de Rector y Vicerrector, Consejeros Superiores, Decanos y
Vicedecanos, Consejeros Directivos: El personal no docente de planta
permanente y el personal de planta no permanente que tenga al menos dos (2)
años de antigüedad
Art. 54) Serán electores para Rector y Vicerrector el personal habilitado
según el articulo anterior de cada Facultad y el personal del Rectorado por
separado. Serán electores para elegir representantes no docentes ante el
Consejo Superior, el personal habilitado según el articulo 53º de toda la
Universidad. Para la elección de Decano y Vicedecano y representante no
docente en los Consejos Directivos, el habilitado según el articulo 53ª,de
cada Facultad. De esta manera se concreta una importantísima conquista, el
derecho de elegir en forma directa a Rector y Vicerrector y participando
desde el primero hasta el último No docente sin discriminaciones entre los
distintos Agrupamientos. Con orgullo afirmamos que nunca nos permitimos
caer en ideologías tan perimidas como denostar a nuestros compañeros según
la función que
cumplen.
Todas y cada una de las conquistas de los No docentes ya sea por el
salario, el Convenio Colectivo de Trabajo, la representación en el Gobierno
de la Universidad ya sea en el Consejo Superior o en los Consejos
Directivos con voz y voto, han sido siempre logradas en luchas limpias,
claras, con planteos organizados y sistemáticos y no apoyándonos en
análisis mezquinos, comparativos, discriminatorios como lo hacen
sistemáticamente otros gremios. Cuando los planteos son genuinos , NO se
deben realizar por caminos de luchas personalizadas siempre en contra
otros o denostando a determinados sectores de una misma comunidad por los
logros alcanzados.
Todos los trabajos que realizan los trabajadores de esta CASA son
indispensable y sumamente importantes, tanto el personal que limpia, como
los administrativos, o los de talleres o mantenimiento, o los que dictan
clase o investigan, los que reciben educación o son autoridades. Lo
lamentable de toda esta lucha de un sector por obtener la ciudadanía
plenaes que trasciende a la comunidad y construye a fortalecer los aspectos
de destrucción de NUESTRA UNIVERSIDAD , que en estos mementos es necesario
fortalecer y proteger , si tenemos en cuenta las intenciones de quitarnos
espacios logrados con sacrificio y lucha como la pretensión de la escisión
de la FICES de la Universidad- y además tenemos que escuchar con tristeza
algunos periodistas radiales que con asombro opinen : ¿Como es posible que
vote un No docente y no le permitan votar a un docente? y mucho más grave
es que este comentario provenga de algunos docentes de la Escuela Normal en
una actitud de desconocimiento del respeto que merece el Personal No
docente de esta CASA.
Los No docentes tuvimos que luchar durante muchos años para poder lograr
la representación en el Gobierno de la Universidad, no fue fácil pero
siempre con tenacidad y no dejando de recordar la frase: todo proceso es
hijo del tiempo. Además creo que es una realidad innegable la necesidad
del cambio, de la participación y de la lucha por nuestro ideal de
UNIVERSIDAD, pero siempre dentro del respeto, la tolerancia, la
racionalidad y no perjudicando a los demás ni despreciando a los más
indefensos vale decir, los alumnos, nuestros hijos.
De allí que opinara al comienzo de esta CARTA ABIERTA sobre la
ignorancia de quienes escribieron la Carta Abierta de Docentes de la
Escuela Normal JPP de fecha 11 de Mayo de 2007. Quedo a disposición de
quien lo requiera a demostrar mis dichos con toda la documentación necesaria.
Silvia
Ana MENENDEZ
NO
DOCENTE
Miembro
del Consejo Superior
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