La Junta Electoral de la Universidad, comunica:

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Jue Mayo 2 22:18:39 ART 2013


La Junta Electoral de la Universidad, comunica:

PADRONES PROVISORIOS
Desde el día 30 de abril están publicados los padrones provisorios
correspondientes a la Elección General de la Universidad.
Los mismos están expuestos en versión papel en las correspondientes
Unidades Académicas.

Pueden consultarse en “vigilancia” del hall de entradas del edificio
Rectorado, en ENJPP, DOSPU y Comedor Universitario (SAEBU), los siguientes
padrones(versión papel), que son competencia directa de esta Junta:
No-Docente con dependencia de Rectorado.
Docente y No-Docente de la Facultad de Ciencias de la Salud.
No-Docente de la Facultad de Turismo y Urbanismo.

En la sede de Villa Mercedes, en edificio Av. 25 de Mayo y DOSPU:
Padrón No-Docente con dependencia de Rectorado.

En la sede Merlo:
Padrón de alumnos de la Facultad de Turismo y Urbanismo.
Padrón No-Docente de la Facultad de Turismo y Urbanismo.

PADRONES EN ARCHIVO DIGITAL
Los padrones provisorios, correspondientes a los distintos claustros y
unidades académicas, están disponibles en versión digital en la siguiente
dirección: http://secgral.unsl.edu.ar/eleccionesunsl.php

PERIODO DE TACHAS E INCLUSIONES.
El periodo de tachas e inclusiones está vigente y finaliza el día martes
07 de mayo de 2013.
Se recomienda verificar que los datos incluidos en el padrón de
pertenencia sean correctos.
Si por el contrario existen inconsistencias deberá formularse el
correspondiente reclamo mediante nota, vía Mesa de Entradas de la Unidad
Académica (o Rectorado) correspondiente, dirigida a la Junta Electoral de
la Facultad o Universidad, según corresponda.

INCOMPATIBILIDADES
Ser recuerda a continuación lo dispuesto por el Estatuto Universitario,
para que el elector pueda hacer uso de “su opción”.
ARTICULO 134.- A los efectos electorales, ningún miembro de la Comunidad
Universitaria puede pertenecer a más de un Claustro simultáneamente. Por
tal motivo, quienes se encuentren en, o alcancen, tal situación deberán
optar por uno de ellos, previo a cualquier elección. Si así no lo hiciere,
se establece el siguiente orden de pertenencia: 1) Profesor, 2) Auxiliar,
3)Personal no docente, 4) Graduado, 5) Alumno, para resolver la inclusión
automática al padrón correspondiente.
Es importante “optar”.
Si el empadronado no cumple con lo estipulado la Junta Electoral deberá
aplicar la norma indefectiblemente sin consulta.
La “opción” se debe hacer por nota, vía Mesa de Entradas de la Unidad
Académica correspondiente, dirigida a la Junta Electoral de la Facultad o
Universidad, según corresponda.

NOTAS DIRIGIDAS A LA JUNTA ELECTORAL
Toda nota dirigida a la Junta Electoral (Facultad o Universidad) deberá
contener al pié la firma y aclaración del presentante, dirección postal,
dirección electrónica y teléfono de contacto, a los efectos de agilizar su
tratamiento y resolución.

NORMATIVA ELECTORAL
La nueva normativa electoral,en versión digital, está en la misma
dirección indicada anteriormente:
http://secgral.unsl.edu.ar/eleccionesunsl.php

LUGAR DE REUNIONES DE LA JUNTA ELECTORAL UNIVERSIDAD
Sala de Ciencia y Técnica de edificio Rectorado.

Junta Electoral de Universidad






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