CATEGORIZACION IMPORTANTE LEER

clarita en unsl.edu.ar clarita en unsl.edu.ar
Jue Mar 26 13:16:03 ART 2009


Señor/a
Investigador:

En una nota recibida en el día de hoy,  la Comisión Nacional de
Categorización (CNC) en su última reunión del 13 de marzo Ppdo.:
acordó que, a los docentes que deben categorizar habiendo sido
categorizados I anteriormente, no se les exigirá cumplimiento estricto de
las condiciones requeridas en el Inciso e) punto III del artículo 18º del
Manual de Procedimientos, resultando suficiente en estos casos la
dirección de una tesis de posgrado. Este criterio será comunicado a través
de una recomendación a las distintas Comisiones Regionales de
Categorización. Sin embargo este requisito SI será exigido para aquellos
postulantes a Categoría I teniendo una categoría inferior.

Asimismo, en relación a la vigencia de las categorías de los
docentes-investigadores que en la categorización 2004 obtuvieron una
categoría sin el cargo docente exigido por el Manual de Procedimientos, se
resolvió: que "Respecto de la Resolución Conjunta Nº 181 SPU y SCTIP N°
636/04, se decide su aplicación aconsejando dar amplia difusión de esto a
las universidades". Esto implica que aquellos docentes categorizados en
2004 en la cual se flexibilizó el requerimiento del cargo docente en el
cual ayudantes de 1º pudieron acceder a la categoría III, y los JTP a las
categorías I y II, DEBEN OBLIGATORIAMENTE presentarse a esta convocatoria.

Atentamente,
Secretaria de Ciencia y Tecnología
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS







More information about the unsl mailing list