Resolucion N 234/08-CS
Consejo Superior
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Jue Oct 23 13:58:44 ART 2008
Se informa a la Comunidad Universitaria de la decisión asumida por el
Consejo Superior en su sesión del 21/10/08, sobre la Junta Electoral
Universidad, y plasmada en la Res. Nº234/08-CS, que se transcribe:
SAN LUIS,
22 de Octubre de 2008.-
VISTO:
El Expte.S-1-1825/08, vinculado a la propuesta de designación de
los nuevos integrantes de la Junta Electoral de la Universidad
representantes del Rectorado y de la Facultad de Química, Bioquímica y
Farmacia; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones Nº213/08 y 219/08 el Consejo Superior
designó a la Junta Electoral de la Universidad que actuará en las
elecciones de representantes Alumnos y Graduados para la renovación en los
Cuerpos Colegiados de la UNSL, para el corriente año, en un todo de acuerdo
con el Art. 64º de la Ord. Nº8/01-CS.
Que los representantes designados por: el Rectorado, Stella M.
TELLO (Titular) y Orlando VILLEGAS (Suplente), por la Facultad de Química,
Bioquímica y Farmacia, Esp. Rodolfo NIETO VÁZQUEZ (Titular), por la
Facultad de Ciencias Físico Matemáticas y Naturales, Mag. María Teresa
TARANILLA (Titular) y por la Facultad de Ciencias Humanas, Lic. Patricio
GODOY PONCE (Titular), presentaron oportunamente sus renuncias las que
fueron aceptadas por Consejo Superior en sesión del 21/10/08.
Que el Asesor Jurídico manifiesta en la sesión del Consejo que no
existen previsiones legales dentro de la normativa de la Universidad que
hayan fijado el procedimiento a seguir.
Que no resulta factible apelar al Código Electoral Nacional ya que
este prevé la existencia de un procedimiento imposible de aplicar en la
Universidad, conforme lo expresado por el Asesor Jurídico.
Que es responsabilidad del Consejo Superior resolver cuestiones
que no se hubieren normado según lo dispuesto por el Art. 85º del Estatuto
Universitario cuando reglamenta las funciones propias del Consejo Superior,
en su Inciso u) que dispone “Ejercer todas las atribuciones de gobierno
general que no estén explícita o implícitamente reservadas a la Asamblea,
al Rectorado o a las Facultades”.
Que existe como antecedente la Res. Nº73/04-CS del proceso eleccionario del
año 2004 que resolvió el reemplazo del Titular y Suplente, por la Facultad
de Ciencias Humanas, en la Junta Electoral de la Universidad.
Que la Junta Electoral de la Universidad debe estar constituida
por “5 (cinco) miembros titulares y sus correspondientes suplentes, uno
propuesto por el Consejo Superior y uno propuesto por cada Consejo
Directivo…”, según lo establece el Art. 64º de la Ord. Nº8/01-CS.
Que la merma en el número de integrantes producido por las
renuncias pone en riesgo la continuidad del proceso electoral actual.
Que el Consejo Superior debe velar por la continuidad del proceso
electoral que ha sido puesto en marcha por Res. Nº210/08-CS en protección
de los derechos de los que intervienen en el proceso eleccionario.
Que por el Rectorado se propone como Titular y suplente a la Mag.
Mónica GÓMEZ y al Prof. Roberto MORÁN, respectivamente.
Que la Decana expresa el acuerdo del Consejo Directivo de la
Facultad de Química, Bioquímica y Farmacia para proponer como Titular a la
Dra. Delia BENUZZI y la continuidad del Suplente anterior, Sr. Mario SANTILLÁN.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 21 de octubre de 2008,
aprobó la designación de los reemplazos de los integrantes de la Junta
Electoral de la Universidad que renunciaron.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar como integrantes de la Junta Electoral de la
Universidad que actuará en los actos comiciales previstos para la
renovación de representantes Alumnos y Graduados de los Cuerpos Colegiados
del presente año, según lo estipulado por el Art.64° de la Ord. N°8/01-CS,
a las siguientes personas:
-Por Rectorado:
Titular: Lic. Mónica GÓMEZ (DNI: 17.893.703)
Suplente: Prof. Roberto MORÁN (LE:6.698.174)
-Por la Facultad de Química, Bioquímica y Farmacia:
Titular Dra. Delia BENUZZI (DNI:13.268.066)
Suplente: Sr. Mario S. SANTILLÁN (DNI:12.995.726)
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese, comuníquese, dése al Boletín Oficial de la
Universidad Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro
de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN C.S. Nº234/08
SBA
NR
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