Cod.60-Impuesto a las Ganancias

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Lun Oct 3 09:12:10 ART 2005


Al Personal Universidad:
                        Se les Comunica que todas aquellas personas que en
las
Libranzas de Sueldos a partir de Agosto, Setiembre, tuvieran
el Cod. 60-Impuesto a las Ganancias, deberán acercarse por
Area Pto.-Secretaria de hacienda de 8,30 a 14,30 para llenar
F.572 a los fines de una correcta liquidación de dicho
impuesto.
                        Atte. Liliana Vega





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