Resol.138/00

Consejo Superior conssup en unsl.edu.ar
Jue Ago 3 13:10:06 ART 2000


							SAN LUIS, 2 de agosto de 2000.-
VISTO:
El Programa para el Financiamiento y Organización del Sistema de Ciencia y
Técnica, elaborado por la Secretaría para la Tecnología, la Ciencia y la
Innovación Productiva de la Nación, a cargo del Lic. Dante Caputo, y
CONSIDERANDO:
Que, para enfrentar la  situación crítica que vive la Argentina desde hace
años, resulta imprescindible reforzar la inversión en Ciencia y Técnica
como condición inexcusable para acrecentar las posibilidades de desarrollo
independiente, resulta contradictoria la implementación de una política de
Ciencia y Técnica tendiente a la agonía del CONICET, principal organismo
dedicado a la promoción y ejecución de Ciencia y Tecnología en el País.
Que en la elaboración del mencionado Programa no hubo consulta previa a
esta Universidad,  ni se generó el debate necesario en la Comunidad
Científica y Universitaria del País, que condujera a la elaboración de una
propuesta con amplio consenso destinada a dar el impulso necesario al
Sistema de Ciencia y Técnica de Argentina.
Que el mencionado Programa contiene en sus preceptos  al menos un profundo
desconocimiento acerca de la inserción y del compromiso de los
investigadores de CONICET para con la Universidad, al asegurar que: "los
investigadores tienen un vínculo insuficiente  con la docencia
universitaria". 
Que esta apreciación es errónea si se tiene en cuenta que en el ámbito
nacional más del 70% de los investigadores de CONICET se desempeñan en las
Universidades. En nuestra Casa la totalidad de los investigadores de
CONICET pertenecen simultáneamente a la misma, la mayoría con dedicación
exclusiva, y han formado y forman parte de las actividades sustantivas del
quehacer universitario sin distinción alguna con el resto de la comunidad
universitaria.
Que es necesario  partir de un diagnóstico objetivo y global y de una
amplia discusión en el ámbito universitario nacional para hacer propuestas
tendientes a un mejoramiento  del Sistema de Ciencia y Técnica.
Que el Programa prevé  la desarticulación de la Carrera del Investigador,
lo cual implica la destrucción de un mecanismo institucional propio de la
Argentina, con una tradición fecunda de más de 40 años de incuestionable
prestigio, como se explicita en el informe elaborado por la Comisión de
Expertos Internacionales que formaron parte del Proceso de Evaluación
Externa  de CONICET en 1999.
Que el Programa no contempla la continuidad del Sistema de Becas de
CONICET, internas y externas,  referente central en nuestro país en la
formación de recursos humanos calificados para el Sistema  de Educación
Superior y de Ciencia y Técnica,  que tanto impacto tuviera en la
Universidad Pública  en la formación de jóvenes científicos.
					Cpde. Res. C.S. Nº 138
Que el Documento elaborado por el Directorio del CONICET, en relación con
el programa para el Financiamiento y Organización del Sistema de Ciencia y
Técnica, resume con claridad los argumentos que fundamentan el rechazo al
mismo.
Que el Consejo Superior, en su sesión del 1º de agosto de 2000, hizo suyo
el documento elaborado por el Directorio del Consejo Nacional de
Investigaciones Científicas y Técnicas.

Por ello, y en uso de sus atribuciones,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Adherir en un todo al Documento Base elaborado por el
Directorio del CONICET en contra del Programa para el Financiamiento y
Organización del Sistema de Ciencia y Técnica, elaborado por la Secretaría
para la Tecnología, la Ciencia y la Innovación Productiva de la Nación, a
cargo del Lic. Dante Caputo, en razón de los considerandos de la presente
disposición.
ARTÍCULO 2º.- Expresar en todas las instancias de discusión donde tenga
intervención formal esta Universidad la postura de rechazo al mencionado
Programa.
ARTÍCULO 3º.- Auspiciar una discusión amplia sobre el Sistema de Ciencia y
Técnica de la Nación,  sobre los objetivos, funciones y responsabilidades
de todas y cada una de las instituciones que lo integran, incluídas las
Universidades.
ARTÍCULO 4º.- Dar amplia difusión a la posición asumida por la Universidad
Nacional de San Luis ante el Programa propuesto, particularmente ante la
comunidad local, resaltando la importancia de las tareas de investigación
que se desarrollan en nuestra Casa y la necesidad de mantener y mejorar las
condiciones en las que se llevan a cabo.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Universidad
Nacional de San Luis para su publicación, insértese en el Libro de
Resoluciones y archívese.

RESOLUCIÓN C.S. Nº 138
MM.
NR.





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