Elecciones Directas Franja Morada
cefqbyf en unsl.edu.ar
cefqbyf en unsl.edu.ar
Vie Ago 14 10:10:10 ART 1998
A la Comunidad Universitaria en general y a los Sres. Asambleístas en
particular.
Este documento desea expresar el pensamiento de FRANJA MORADA con relación al
sistema de elección directa ponderada. Para ello hemos creído necesario
definir tres ejes para desarrollar:
- Nuestra posición sobre el sistema de elección directa.
- Nuestra posición sobre la ponderación propuesta por la comisión designada
por la asamblea.
- La necesidad de discutir sobre esta ultima, evitando la rivalidad entre e
intra claustros.
Nuestra posición sobre el sistema de elección directa, ha sido manifestada
públicamente y en el que no queremos explayarnos demasiado. La elección
directa de autoridades unipersonales en las Facultades, Departamentos y
Rectorado es ya un hecho, y vale la pena repetirlo, absolutamente compartido
por nosotros y por el resto de las agrupaciones estudiantiles. También lo es
mayoritariamente por el resto de los claustros, como lo evidenció la votación
sobre el texto aprobado para ser incorporado en el estatuto.
El sistema de elección directa trae aparejado, así es la intención de la
mayoría de la comunidad universitaria, la ponderación por claustros.
Este es si un tema en el que deseamos profundizar, no solo para argumentar
nuestra posición sino también para desterrar falsas y malintencionadas
imputaciones, que puedan vincularnos directa o indirectamente en un intento
por evitar que prospere el sistema de elección directa.
Para profundizar en este tema debemos hacer inevitablemente una pequeña
reseña.
En la primera asamblea de este año en donde se presentaron dos propuestas de
elección directa ponderadas, no fue necesario discutir si la elección debía
ser directa o como hasta entonces había sido. Ya desde el año anterior la
voluntad era clara. Así se reflejó también esta intención de todos los
claustros en el momento del voto, en donde la elección directa fue aprobada
por una amplia mayoría según la metodología fijada por la comisión negociadora
que se formó en esa oportunidad.
Luego llegó el turno de votar la ponderación. Aquí tampoco se discutió ante la
presentación por parte de la misma comisión de dos propuestas:
1) ponderar según los porcentajes que los claustros poseen en los cuerpos
colegiados y
2) ponderar de acuerdo a un criterio distinto al de los cuerpos colegiados.
En la votación se impuso la propuesta de ponderar según la composición de los
cuerpos, pero él número de votos para aprobar esta propuesta fue sensiblemente
menor que la votación anterior. Esto evidenció que no toda la comunidad
universitaria compartía aquellos criterios de ponderación.
La celeridad con que se realizó la presentación de las propuestas y la
votación, no la carencia de argumentos, nos imposibilitó dar una discusión
previa y a nuestro entender necesaria. Situación esta que intentamos enmendar
con un pedido de reconsideración, el que solo fue escuchado pero no fue
otorgado.
Algunos consejeros intentaron justificar su voto contra los argumentos que
escasamente pudieron dar los consejeros estudiantiles con frases del tipo de:
" existe una ley de educación superior que de alguna manera establece las
proporciones que los claustros deben tener en el gobierno de la Universidad",
o
" hasta ahora se venía haciendo así y nadie se había quejado", o " el espíritu
existente en nuestro estatuto es el de respetar las proporciones que tienen
los cuerpos colegiados"...
Debemos decir respecto a esto, sin que sea tomado como una agresión a quienes
expusieron estos argumentos o hacia algún claustro, que fueron estas
justificaciones lamentables, equivocadas y generadoras de confusión.
Lamentables porque para defender la ponderación con el porcentaje que los
claustros poseen actualmente en ellos cuerpos colegiados no se habló de
Justicia ni injusticia, de existir o no méritos, de Progresismo, Reformismo, o
conservadurismo, de Hegemonías, de mayorías y minorías, de Igualdades o
desigualdades, de República de Estudiantes, o de Cordas Fratas, etc.
Equivocadas porque la ley de educación superior, ley que avasalla la Autonomía
Universitaria y que parece no importar demasiado sobre todo cuando se toma
como marco de referencia, no establece ningún sistema de elección ni mucho
menos un porcentaje de ponderación por claustros para una elección.
Equivocadas también porque no se puede cambiar un sistema eleccionario y
mantenerse al mismo tiempo el espíritu del viejo sistema, a menos que la
intención final sea cambiar solo un poco.
Cuando se dice que "así se venía haciendo y nadie se había quejado..." es esta
la peor de las equivocaciones y que además, intencionadamente o no, lleva a
las confusiones. ¿Cómo podría alguien haberse quejado de las proporciones para
la elección e intentar modificarlas sin modificar los cuerpos colegiados?.
Porque tal vez sea necesario recordar que hasta ahora eran los cuerpos
colegiados, órganos de gobierno, los que elegía autoridades unipersonales.
Modificar las proporciones para la elección de aquel "ahora viejo sistema"
significaba modificar las proporciones de los claustros en los órganos de
gobierno colegiados, y no es esto precisamente lo que se reclama. Para ser más
claros, los órganos de gobierno, consejos departamentales, directivos y
Asamblea Universitaria, están desde ahora desvinculados con la elección de
autoridades unipersonales, cosa que antes no sucedía, y por lo tanto
establecer nuevas proporciones de ponderación para la elección NO IMPLICA
MODIFICAR los órganos de gobierno en su constitución, no se agregan ni se
quitan consejeros de ningún claustro.
Somos conscientes de las particularidades en las elecciones, los sistemas de
gobierno y la política en la universidad. Estas particularidades han sido
percibidas desde hace décadas y dieron lugar a la consagración en la
Constitución Nacional de la Autonomía y Autarquía Universitaria (hoy
lesionadas por la ley de educación superior, las políticas de incentivos,
etc.).
Estamos convencidos de que las autoridades unipersonales de la universidad y
de las facultades deben ser ejercidas por miembros del claustro docente, de la
misma manera estamos convencidos también que quién es autoridad en cualquier
ámbito lo es contemplando las necesidades de todos los claustros. Esto
justificaba nuestra propuesta original de: un hombre = un voto. Cualquier
otra alternativa, como la ponderación, además de ser calificativa hace suponer
que quién desee ser autoridad debería simpatizar tanto en su campaña
proselitista, como en la aplicación de su gobierno, con un claustro (el que
mayor aporte realice) que con otros.
Se esgrimió para desestimar esta propuesta que como los claustros no tienen
igualdad numérica (y que el claustro alumno es mayor) podría darse el caso en
que el claustro más numeroso eligiera por sí solo a las autoridades
unipersonales. Aceptamos esa argumentación, pese a que podría ser un
interesante tema de discusión, la Universidad como República de Estudiantes,
como la postularon las jóvenes del 18.
Podríamos usando ese mismo argumento de la superioridad numérica de algún
claustro sobre otro, pensar entonces que la ponderación sea exactamente igual
para todos los claustros, si no somos todos iguales como personas, ya se dijo
que no al voto igualitario, entonces que cada claustro haga el mismo aporte
que el otro.
De algunos claustros en distintas facultades en donde se escuchó esta
propuesta, tuvimos la oportunidad de ver que si bien no existen objeciones
tampoco había adhesiones.
Por todo esto y para que la elección directa encuentre pronto su letra en el
estatuto, planteamos en la última asamblea que se hiciera una ponderación un
poco más equitativa en la distribución de los porcentajes de ponderación que
propone la comisión que entendió en el caso. Si bien esto significa una
disminución en el porcentaje del claustro docente, sin embargo se preserva la
mayoría, el 50% para el mismo.
Existe una diferencia importante entre MAYORÍA Y MAYORÍA ABSOLUTA.
Es por eso que, si bien aceptamos sin que esto implique la claudicación de
nuestros principios, que el claustro docente, "nuestros maestros", pueden
tener una mayoría sobre otro claustro, esta nunca puede ser absoluta, porque
de esta manera se minimiza la participación democrática del resto de los
claustros.
Finalmente queremos expresar nuestro deseo de que esta discusión se aleje de
un simple conflicto entre los claustros en la puja de poder y que se convierta
en más humana e ideológica.
Se puede visualizar en algunos e-mail, que se pregunta de manera cuestionable
¿quiénes se creen estos docentes...? refiriéndose a los consejeros que
perciben igual que nosotros estas desigualdades.
En otros de estos e-mail y en reuniones de claustro, algunos cuestionan los
cambios de votos como "traición" o se adjudica a unos u otros la
responsabilidad de que "no salga el sistema de elección directa" y se habla de
"chantaje". A esto queremos decirles basta. Muchos de esos mensajes solo
lesionan la libertad de conciencia y la libertad de expresión, y también
actúan como elementos públicos de presión para evitar la reflexión sincera de
los consejeros, los condiciona a optar entre ideología y la responsabilidad
sobre sus hombros de que la elección directa no salga a quienes como nosotros,
no están de acuerdo con el tipo de ponderación.
Para concluir hacemos la siguiente propuesta a los Sres. Asambleístas:
Discutir abiertamente la ponderación por claustros, y como garantía de que no
queremos dilatar ni trabar el sistema de elección directa, solicitamos a la
Asamblea Universitaria no dejar de sesionar hasta que este consumado el texto
que será incorporado al estatuto.
"...defender la autonomía, el cogobierno, los derechos estudiantiles,
es defender la ciencia y defender la ciencia es apostar al futuro..." Ernesto
Sábato.
Ese futuro de todos depende, por eso seguiremos dando la discusión, como lo
hemos hecho hasta ahora, sin confundirnos.
Franja Morada
Regional San Luis
More information about the unsl
mailing list