[Salud] Adhesiones a propuesta de Profesor Consulto UNSL

Area Psicobiológica Univ. Nac. de San Luis areapsicobiologica en hotmail.com.ar
Mie Nov 28 10:26:22 ARGSL-ST 2012




Estimados Docentes:

Les
reenviamos esta comunicación para informarles sobre la propuesta de designar Profesor
Consulto de la UNSL
al Dr. Miguel Angel De Bortoli, solicitarles difusión y el envío de posibles
adhesiones.

Atentamente

Área
Psicobiológica UNSL   

 

Dra. Roxana Vuanello

De mi mayor consideración:

Me dirijo a Usted a fin de solicitarle su
colaboración en la difusión de

la Resolución Nº 231/2012
emitida por el Consejo Directivo de la Facultad

de Ciencias Humanas. En la misma se
auspicia ante el Consejo Superior de

la UNSL, la designación
del Dr. MIGUEL DE BORTOLI como Profesor

Extraordinario Consulto, propiciado por
docentes de la Facultad
y que

fuera por usted avalado en calidad de
Directora del Departamento de

Psicología de la Facultad de Ciencias
Humanas.

Le remito copia de la Resolución CD Nº
231/2012 FCH, con la solicitud de su colaboración en la difusión y pedido de
avales, los que serán receptados por la Oficina de Mesa de Entradas de la Facultad de Ciencias
Humanas hasta el lunes 10 de diciembre de 2012, o al correo electrónico del Departamento
de Psicología <dptopsi en unsl.edu.ar> , ahora Facultad de Psicología de la UNSL.

Asimismo, desde la Facultad de Ciencias
Humanas se efectuará la difusión

que indica la Ordenanza CS Nº
25/03, que en su parte pertinente transcribo a continuación:

ARTÍCULO 10°.-A partir de la Resolución de recepción
de la iniciativa por

el Consejo Directivo, se establece un plazo
de treinta (30) días para que

los docentes de la Universidad o de otras
Universidades Nacionales, las

asociaciones de docentes, estudiantes o
graduados reconocidas, las

asociaciones científicas y profesionales o
cualquier ciudadano puedan

ejercer el derecho de avalar u objetar
a  los  
candidatos  propuestos

para 
ser  designados  Profesores 
Extraordinarios Eméritos o Consultos,

fundándose en su ética universitaria,
rectitud cívica y sus méritos

académicos o intelectuales. Podrá ser
objetado aquel candidato que en el

desempeño de sus funciones haya realizado
acciones contrarias a los

principios sostenidos por la Constitución Nacional.
La objeción debe ser

explícitamente fundada y acompañada por las
pruebas que se hicieran valer,

con el fin de eliminar toda discriminación
ideológica.

Sin otro particular, aprovecho la
oportunidad para saludarla atentamente.

 

Decanato de la Facultad de Ciencias
Humanas UNSL



 		 	   		  


More information about the Salud mailing list