ACTA FIRMADA ENTRE FATUN Y CIN ANTE EL MINISTERIO
rrhh2enc at unsl.edu.ar
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Tue Mar 2 19:31:22 ART 2004
Enviamos copia del acta firmada recientemente entre FATUN
y CIN concerniente a los $100 mensuales remunerativo y no
bonificable, a otorgarse a partir del primero de febrero de
2004.
Rogamos su difusión.
Atentamente.
Comisión Organizadora
II Encuentro de Universidades Nacionales
ACTA FIRMADA ENTRE LA FATUN Y EL CIN ANTE EL
MINISTERIO
En Buenos Aires, a los veinteseis días del mes de febrero de
2004 se reúnen el Consejo Interuniversitario Nacional,
representado por su presidente, Dr. Alberto Dibbern y la
FATUN, representada por su Secretario General Sr. Nelso
Farina, con el objeto de acordar los lineamientos a los que se
ajustará la utilización y la distribución de los fondos asignados
al Programa de Reforma y Reestructuración Laboral por el
art.86º de la Ley de Presupuesto para la Administración
Central para el año 2004, en lo que respecta al sector no
docente.
Los fondos del Programa de Reforma y Reestructuración
Laboral asignados desde 1998, así como los
correspondientes al PROCAP, ha venido aplicándose al pago
de becas de capacitación, entre tanto se discutiera el convenio
colectivo del sector. Por otra parte las UUNN afrontaron en los
últimos meses el pago de ayudas económicas solidarias,
como paliativo a la difícil situación económica que se vive.
Atento haberse concluido este año la elaboración del convenio
de trabajo próximo a ser homologado, se acuerda aplicar los
fondos del PROCAP y los del Programa de Reforma y
Reestructuración Laboral (plan plurianual año 1998), más
Veinticinco millones de pesos ($25.000.000.-) del total de
Cincuenta y cinco millones de pesos ($55.000.000.-)
asignados para este año al mismo Programa (art. 86º de la
Ley de Presupuesto Nº 25.827), de manera que cada
trabajador no docente perciba Cien pesos ($100.-) mensuales,
con carácter remunerativo y no bonificable, a partir del primero
de febrero de 2004 monto en el que se entiende quedan
integrados los pagos y otros beneficios dados en años
anteriores por el PROCAP y el Programa de Reforma y
Reestructuración Laboral.
Para hacer operativo este acuerdo, se utilizará el mismo
criterio de distribución actualmente en práctica, lo que incluye
la cuota de solidaridad gremial oportunamente acordada, que
corresponde por ser éste un acuerdo paritario. Además se
conviene en este acto darle tratamiento específico a los casos
particulares que correspondan.
Presente en este acto el Secretario de Políticas Universitarias,
Dr. Juan Carlos Pugliese, manifiesta que la ejecución de este
acuerdo queda supeditada a que el Jefe de Gabinete de
MInistros, en uso de las atribuciones del art. 13º y la facultad
conferida por el propio art. 86º de la Ley 25.827, disponga el
incremento en Cincuenta y cinco millones de pesos
($55.000.000.-) del crédito de la jurisdicción 70 - M.E.C.yT.,
para ser destinado al Programa de Reforma y
Reestructuración Laboral del personal no docente de las
UUNN.
Las partes se comprometen a solicitar la homologación del
presente acuerdo, o concurrir a ratificarlo según sea el caso, al
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el marco
de la negociación colectiva de nivel general.
Se deja constancia que las partes se encuentran elaborando lo
atinente a la estructura salarial y al régimen escalafonario del
sector.
Firman las partes tres ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en el lugar y fecha indicados más arriba.
Firmado: Farina (FATUN), Dibbern (CIN) y Pugliese (MECyT).
Comisión Organizadora
II Encuentro de Universidades Nacionales
"Aportes del Personal Técnico Administrativo a las Políticas de Recursos Humanos"
Universidad Nacional de San Luis, 4-5 y 6 de septiembre de 2003
Ej. de los Andes 950 - 5700 San Luis, Argentina
E-mail: rrhh2enc at unsl.edu.ar
http://www.unsl.edu.ar/encuentro/index.html
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